El viejo papelito que puede hacer recular los sueños comerciales de Macri en la Recoleta

Un boleto de compraventa de 1880 dice que la Municipalidad vendió la bóveda “a perpetuidad” y reconoció su transmisión por sucesión. El documento podría derrumbar el sueño comercial de Jorge Macri de convertirla en un negocio

En algunas comunidades amazónicas, durante siglos, los familiares molieron las cenizas de sus muertos y las bebieron como parte de un ritual. En el Tíbet existe el llamado “entierro celeste”: el cuerpo se ofrece a los buitres en una montaña.

Son costumbres profundamente distintas de la nuestra y merecen respeto en su propio contexto.

Ahora bien: ¿qué tiene que ver todo esto con el Cementerio de la Recoleta? En los últimos días algunos recurrieron a ejemplos de México, Asia o Europa para justificar la posibilidad de instalar comercios dentro del cementerio. Pero esas comparaciones, además de imprecisas, distraen de la discusión verdadera.

Ni siquiera hace falta ir tan lejos. Del otro lado del Riachuelo, en el cementerio de Lomas de Zamora, cuando entierran a un joven sus amigos pueden llevar cerveza, poner música y hacer una especie de fiesta junto al difunto.

Son otras maneras de despedir a los muertos. Pero no tienen nada que ver con la tradición de la Recoleta ni con las condiciones bajo las cuales las familias adquirieron allí sus sepulturas.

Y ahora apareció un documento que vuelve buena parte de esa discusión irrelevante.

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Vendida “a perpetuidad”

Es el boleto de sepultura de la familia Girado, fechado el 22 de julio de 1880.

El documento dice expresamente que la Municipalidad de Buenos Aires “ha vendido a perpetuidad” la sepultura. No establece un plazo. No habla de una ocupación temporaria. Y además dispone que los traspasos reconocidos serán los que provengan del derecho de sucesión.

Es decir: el propio título habla de venta, perpetuidad y sucesión.

Eso cambia el eje del problema.

La cuestión ya no pasa por discutir solamente qué normas rigen hoy los cementerios, sino por determinar hasta dónde una ley, ordenanza o reglamento dictado muchas décadas después puede alterar las condiciones esenciales de una compraventa anterior.

Porque una cosa es que el Estado regule actualmente cuestiones de higiene, conservación, inhumaciones o funcionamiento del cementerio. Otra muy distinta es que una norma posterior transforme retroactivamente una venta realizada “a perpetuidad” en un derecho sujeto a condiciones que no existían cuando fue adquirido.

No se puede partir de la ficción de que el contrato original nunca existió.

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La pregunta que ahora debe responder la Ciudad

Con este documento sobre la mesa, las preguntas son más concretas. ¿Cómo tomó posesión la Ciudad de una bóveda vendida a perpetuidad? ¿Qué procedimiento utilizó para considerar extinguidos los derechos de los sucesores? ¿A quién notificó? ¿Y cómo pudo avanzar con una licitación para explotar comercialmente ese espacio mientras esos derechos están discutidos judicialmente?

La bóveda se encuentra hoy precintada por orden de la Justicia. Y eso ocurre después de otro hecho especialmente grave: cuando ya estaba fuera del alcance de los visitantes y bajo custodia de seguridad, fue vandalizada. Féretros fueron abiertos, volcados y arrojados al piso.

Todo eso fue constatado judicialmente.

Frente a esto, discutir cómo se relacionan con la muerte determinadas comunidades amazónicas, qué hacen en México o si existe una cafetería cerca de algún cementerio europeo parece una extraordinaria manera de eludir el problema.

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Una decisión, no una necesidad

Aun si la Ciudad quisiera mejorar los servicios para turistas, nada obliga a instalar una boletería, un local de recuerdos o un expendio de bebidas dentro de una bóveda funeraria.

Se pueden ubicar en el acceso, en edificios administrativos o en sectores especialmente destinados para ello.

Hacerlo dentro de una sepultura familiar es una decisión.

Y hay además una contradicción evidente: la Ciudad promociona la Recoleta como patrimonio histórico, pero el deterioro utilizado para justificar su intervención ocurrió durante décadas bajo administración del propio Estado.

Si hubo robos, vandalismo y abandono, corresponde preguntar quién debía evitarlo.

No parece razonable permitir que un patrimonio se deteriore y después utilizar ese deterioro como argumento para apropiarse de él y transformarlo en un negocio.

Hay una vieja imagen, la de los mercaderes expulsados del templo, que expresa algo bastante sencillo: existen lugares cuyo sentido cambia cuando se los convierte en comercio.

Pero ahora ni siquiera hace falta recurrir a una metáfora.

Apareció un documento.

Tiene fecha: 22 de julio de 1880.

Fue emitido por la Municipalidad de Buenos Aires.

Habla de sucesión.

Y contiene tres palabras que obligan a revisar toda la discusión:

“Vendida a perpetuidad.”

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